Arnoldo Dante Mallma Auqui, postulante por Alianza para el Progreso (APP), consignó cuatro fallos judiciales en su declaración jurada oficial para las ERM 2026.
La transparencia en las hojas de vida de los candidatos vuelve a marcar la agenda de la campaña electoral en el centro del país. El acceso público a la plataforma electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) reveló que el candidato al Gobierno Regional de Junín por el partido Alianza para el Progreso (APP), Arnoldo Dante Mallma Auqui, registra cuatro sentencias firmes y declaradas en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV).
Este hallazgo pone de manifiesto la rigurosidad de los filtros de control interno de las agrupaciones políticas y enciende el debate sobre el perfil ético e idoneidad de quienes aspiran a manejar el presupuesto de la región Junín.
Las sentencias declaradas: ¿Qué consigna su Hoja de Vida?
A diferencia de otros procesos electorales donde la omisión de información judicial derivó en exclusiones masivas, en esta oportunidad el postulante de APP sí cumplió con declarar sus antecedentes civiles y penales. De acuerdo con el portal del ente electoral, sobre el empresario y candidato pesan fallos judiciales correspondientes a distintas materias:
- Falsa declaración en procedimiento administrativo: Un fallo de naturaleza penal que sanciona el haber faltado a la verdad o presentado información inexacta ante una entidad pública del Estado.
- Obligación alimentaria (2 procesos): El candidato arrastra dos sentencias en el ámbito civil/familiar relacionadas con demandas por pensión de alimentos entabladas para garantizar el sustento, educación y salud de sus dependientes.
- Violencia familiar: Un registro en el fuero judicial por agresiones o maltrato físico/psicológico dentro del entorno familiar, un tema de especial sensibilidad social y política.
El vacío legal y el debate ético en las urnas
La difusión de estos antecedentes reabre una vieja discusión en el Perú: ¿deberían poder postular ciudadanos con este tipo de antecedentes?
Desde el punto de vista estrictamente legal, la normativa vigente del JNE no impide que Arnoldo Mallma siga en carrera. Las leyes electorales peruanas restringen la postulación únicamente a ciudadanos con condenas vigentes de prisión efectiva por delitos dolosos, o aquellos inhabilitados expresamente para ejercer la función pública. Al haber cumplido sus penas, encontrarse rehabilitado en el caso penal, o al tratarse de sentencias de carácter civil (alimentos), la ley le permite postular, siempre y cuando estas figuren de manera transparente en su declaración.
Sin embargo, para diversos analistas políticos, la legalidad de una postulación no siempre equivale a su legitimidad ética.
«La ley peruana pone vallas muy bajas, dejando toda la responsabilidad de control de calidad al electorado», señala un especialista local en derecho electoral. «Filtros como las deudas alimentarias o las denuncias por violencia familiar no impiden la postulación, pero representan el estándar de conducta personal de quien pretende liderar políticas públicas de protección a la niñez, la mujer y poblaciones vulnerables».
La voz del ciudadano
Con la información plenamente disponible y digitalizada en la plataforma del JNE, las cartas están sobre la mesa. En un contexto regional golpeado por constantes denuncias de corrupción y crisis de representación, los antecedentes declarados por los candidatos se convierten en un factor decisivo. Corresponderá exclusivamente a los electores de las nueve provincias de Junín evaluar si estos antecedentes de carácter personal e institucional deben pesar al momento de emitir su voto en las urnas.





